Luego de dos semanas de la desaparición de Loan Peña, las conjeturas acerca de lo que pasó son diversas, incrementándose el riesgo de tomar por válidas algunas teorías disparatadas, como ocurrió hace 15 años con la familia Pomar.

Recordemos que procesalmente todo comenzó con la pérdida del niño, quien se encontraba a cargo de Bernardino Benítez, Daniel Ramírez y Mónica Millapi, sobre los que se ordenó una detención sustentada en un presunto abandono de persona, luego devenida en una participación necesaria en la captación del menor con fines de explotación, colocándose en carácter de coautores al capitán de navío retirado, Carlos Pérez y a su esposa, una funcionaria municipal de nombre María Victoria Caillava, quienes habían compartido un almuerzo con Loan y su familia el día 13 de junio, fecha de la desaparición

Así entonces la investigación se orientó a la hipótesis de la trata de personas,  nada descabellada en virtud de la edad de Loan, experiencias anteriores con modalidades similares, la cercanía con países limítrofes y de los vínculos con los que podrían contar Pérez y Caillava.  

De esta manera se fueron sumando algunos indicios que abonarían esa hipótesis , como la presencia ocasional de la pareja en el almuerzo previo a la desaparición, la detección de rastros en dos autos de su propiedad,  viajes a la provincia de Chaco por razones no corroboradas, además del cruzamiento de llamadas de los teléfonos celulares. Sumado a esto, quien era el brazo ejecutor del fiscal en la investigación, el comisario del pueblo Walter Maciel, fue acusado de plantar una zapatilla de Loan en el monte donde se realizaba la búsqueda, con claros fines de entorpecer y desviar la misma.

La fiscalía en su imputación sostiene que Carlos Pérez y María Victoria Caillava,  trasladaron a Loan a un destino desconocido con fines de explotación, previa captación en las inmediaciones del domicilio de la abuela del menor, donde tuvo lugar el almuerzo. 

Se cree que para lograr su cometido, Pérez y Caillava contaron con la colaboración de Bernardino Benítez, Daniel Ramírez y Mónica del Carmen Millapi, quienes distrajeron a la familia para sacar al menor de la custodia de su padre y llevarlo luego a una zona de montes cercana, contando además con el encubrimiento del comisario Maciel.

Este delito contempla una pena máxima de 15 años tanto para coautores ( Pérez y Caillava) como para sus cómplices, si es que se acredita que su colaboración fue fundamental.

Sí es fundamental, además de estar legalmente establecido, que la causa continue en la justicia federal, dado que las diligencias son más expeditivas y atento a la logística con la que cuenta para la producción de pruebas.

Pero cuando todo parecía apuntar a la trata de personas, Laudelina Peña, tía de Loan, claramente asesorada y guionada, realizó una denuncia por amenazas dirigida a María Victoria Caillava, buscando excusarse ante una imputación por encubrimiento e introduciendo una nueva hipótesis que de acreditarse mejoraría la situación de todos los involucrados.

Según los dichos de Laudelina, su sobrino fue atropellado por la camioneta al mando de Pérez, quien era acompañado por Caillava al momento que se iban del famoso almuerzo, que luego de ello subieron a Loan inconsciente al móvil y que a partir de ahí se desconoce qué fue lo que ocurrió con el niño. Además, señaló que Caillava la llamó una hora y media mas tarde, la amenazó y le entrego la zapatilla del niño, obligándola a plantarla en el lugar de la desaparición. 

¿Por qué de tener por ciertos los dichos de Laudelina mejoraría la situación de todos los detenidos?  En primer lugar, quienes estaban a cargo del cuidado de Loan, uno de ellos esposo de la denunciante, podrían rechazar los cargos de abandono de persona, dado que la responsabilidad de lo que le habría pasado a Loan es ajena, de igual modo en relación a una participación necesaria en la captación con fines de trata ya que ello no habría ocurrido.

En el caso de Pérez, si hubiese ocasionado por su negligencia la muerte del niño al atropellarlo, debería ser juzgado por homicidio culposo y no ya por la captación del menor, mientras que su esposa María Victoria Caillava estaría exenta de responsabilidad penal por encubrimiento dado que así lo estipula nuestro código penal en el art 277 inc. 4 del código penal.   

Por último, si fue Laudelina quien plantó la zapatilla, el comisario Maciel también quedaría exento de responsabilidad penal. 

Llamó la atención la búsqueda desarrollada en el basural de la localidad de 9 de julio, dado que la denunciante manifestó desconocer cuál fue el destino de Loan, y si se realmente fue llevado hasta allí el cuerpo sin vida del pequeño,  existe el riesgo de que no se logre determinar científicamente las causales de muerte o bien nunca se logre encontrarlo, algo que estuvo cerca de ocurrir en el caso Ángeles Rawson. Sin embargo, pasadas las horas todo parece indicar que la denuncia no solo busca favorecer la situación procesal de los detenidos sino también desarticular la labor de la justicia federal, siendo que si lo que dice Laudelina fuera cierto deberá intervenir la justicia ordinaria provincial atento a las características del delito.

La desaparición de Loan Peña se ha convertido en un complejo entramado de teorías acusaciones que mantienen en vilo a la sociedad y a los implicados en el caso. Los próximos días serán muy relevantes siendo fundamental que la justicia federal con sus recursos humanos y tecnológicos logre los avances necesarios para esclarecer los hechos y así encontrar a Loan, que es lo prioritario, garantizándole a un pueblo desconfiado de la justicia que todos los responsables sean debidamente procesados y condenados.

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