PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS
Si la actividad de su empresa se encuentra mencionada en el artículo 20 de la Ley 25246, es sujeto obligado frente a la Unidad de Información Financiera, debiendo contar con un sistema de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo (PLA/FT), y con la obligación de reportar operaciones sospechosas.
Los sujetos obligados que no implementen un programa integral anti lavado, serán pasibles de sanciones tanto penales como administrativas, como así también de multas. Sin embargo el principal riesgo con el que corre la empresa es el reputacional, ya que la imagen, trayectoria y reputación, son los mayores capitales con los que cuenta cualquier organización empresarial que desee consolidarse como líder en el mercado.
Con el fin de alcanzar los objetivos le proponemos un análisis y evaluación de riesgos en materia PLA/FT, y en consecuencia, el diseño de políticas de prevención, el desarrollo e implementación de un programa acorde a su necesidad, el diseño de procedimientos y controles, capacitación permanente al personal, actividad indispensable, ya que se encuentra dentro de las recomendaciones GAFI.
Nos diferenciamos en que, debido a nuestra vasta trayectoria, contamos con programadores de software propios, con amplia experiencia en la materia, con el fin de diseñar la herramienta que mejor se ajusta a las necesidades de su empresa.
INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA
La Ley 27.401, de responsabilidad penal de las personas jurídicas, enfrenta a las empresas, a un nuevo escenario de responsabilidad, en el cual, quedan expuestas a nuevos riesgos en materia penal.
La normativa vigente sugiere la implementación de un programa de integridad, con el fin de aminorar o erradicar la consecuencia penal que conllevan aparejados los actos de corrupción, y todas aquellas decisiones éticamente incorrectas.
La confección de un programa de integridad, no es tarea sencilla, por lo cual ponemos a su servicio nuestra experiencia y eficiencia en la correcta implementación del mismo, dentro del seno de su empresa, desarrollando desde una matriz de riesgos acorde a su actividad, hasta el código de ética, sin dejar de observar todo lo inherente a Decretos y Resoluciones inherentes a la actividad que su empresa desarrolla.
No solo en un futuro, sino que, ya actualmente, la implementación de un programa de integridad, dentro de su empresa, es requisito indispensable para contratar con organismos estatales, o empresas con mayoría de participación estatal.
A su vez contamos con las herramientas necesarias para la celebración de acuerdos de colaboración con el ministerio público fiscal, y con entes oficiales.
Independientemente de la imposición legislativa y el cumplimiento de la normativa vigente, un programa de integridad es indispensable para el correcto funcionamiento de un buen gobierno corporativo, fortalece las relaciones humanas, permite detectar riesgos inherentes a la actividad, y es puesto en valor tanto por sus pares, como por la sociedad en su conjunto, que solicita cada vez más gestos de transparencia por parte del sector empresarial.
Abogado Especialista
- Dr. Gonzalo Escaray
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