La victima contará con la asistencia y el asesoramiento necesario acerca del desarrollo del proceso, velando por el cumplimiento efectivo de los derechos reconocidos en la ley de victimas, llevando adelante ante jueces y fiscales todas las acciones para el logro de tal fin.
Para el logro de dicho fin, será fundamental la comunicación fluida dando a conocer desde el primer momento la expectativas de cada uno y la probabilidades concretas de su cumplimiento.
Se comunicara por distintas vías cada “novedad” de la causa, con copia de las resoluciones judiciales y de las presentaciones realizadas ante jueces y fiscales.
Se realizará un seguimiento y compulsa del expediente de manera de evitar el estancamiento de la causa y una coordinación con la instrucción para lograr arribar a la verdad material del hecho y la eventual condena de él o los responsables.
La representación de la víctima podra realizarse a través del patrocinio legal o de la constitución como particular damnificado en el proceso, lo cual permitirá solicitar las diligencias necesarias para probar la existencia del delito y descubrir a los culpables, solicitar medidas cautelares (embargos, inhibición de bienes, restricción perimetral), formular peticiones como elevación de la causa a juicio o así también presentar recursos ante resoluciones dictadas por el juez o jueza de la causa.
Abogado Especialista

- Dr. Gonzalo Escaray
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